GUÍA DE ESTUDIO
Relaciones entre Gobierno y Cortes: Título V (arts. 108–116)
El Título V de la Constitución, artículos 108 a 116, explica cómo responden los miembros del Gobierno ante el Parlamento y qué mecanismos tienen las Cortes para controlarlo. No debe confundirse con el Título IV, que regula al Gobierno y la Administración.
Responsabilidad, información y control
El artículo 108 establece que el Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados. El artículo 109 permite que las Cámaras y sus comisiones soliciten información y ayuda al Gobierno y a otros órganos públicos a través de las presidencias correspondientes.
Los artículos 110 y 111 contemplan la presencia de miembros del Gobierno en las Cámaras y la posibilidad de formular preguntas e interpelaciones. Control político no significa que cada pregunta parlamentaria pueda provocar el cese del Gobierno.
Confianza y censura
La cuestión de confianza (art. 112) es planteada por el presidente, previa deliberación del Consejo de Ministros, y se entiende otorgada por mayoría simple del Congreso. Si no prospera, el Gobierno presenta su dimisión.
La moción de censura (art. 113) nace de al menos una décima parte de los diputados, debe incluir candidato y requiere mayoría absoluta del Congreso. El artículo 114 establece las consecuencias cuando se pierde la confianza o se aprueba una moción.
Disolución y estados excepcionales
El artículo 115 permite al presidente proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, previa deliberación del Consejo de Ministros y bajo su responsabilidad. No puede proponerla durante la tramitación de una moción de censura.
El artículo 116 distingue estados de alarma, excepción y sitio. La alarma la declara el Gobierno por un máximo inicial de quince días y su prórroga requiere autorización del Congreso; la excepción requiere autorización previa del Congreso; el sitio lo declara el Congreso por mayoría absoluta a propuesta exclusiva del Gobierno.
Comprueba si lo has entendido
¿Ante qué cámara responde solidariamente el Gobierno?
Ante el Congreso de los Diputados, según el artículo 108.
¿Puede el presidente proponer la disolución mientras se tramita una moción de censura?
No, lo impide el artículo 115.2.
Mapa completo del título V (108–116)
| Artículo | Contenido |
|---|---|
| 108 | Responsabilidad solidaria del Gobierno ante el Congreso |
| 109 | Información y ayuda solicitada por las Cámaras |
| 110 | Comparecencia de miembros del Gobierno |
| 111 | Preguntas, interpelaciones y mociones |
| 112 | Cuestión de confianza |
| 113 | Moción de censura constructiva |
| 114 | Efectos de la pérdida de confianza o de la censura |
| 115 | Disolución de las Cámaras |
| 116 | Estados de alarma, excepción y sitio |
Una cuestión de confianza la plantea el presidente del Gobierno; requiere mayoría simple del Congreso. Una moción de censura la presenta al menos una décima parte de diputados, incluye candidato y exige mayoría absoluta. Son procedimientos de sentido opuesto.
El artículo 116 pertenece a este título: declaración del estado de alarma por el Gobierno con duración inicial máxima de quince días y autorización del Congreso para su prórroga.
Fuentes oficiales
Consulta la redacción vigente del texto constitucional. El texto consolidado del BOE tiene carácter informativo; las publicaciones oficiales son la referencia jurídica.
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